Otro paso hacia la aplicación del tratado para evitar la doble tributación

El 11 de febrero de 2015 la Corte Constitucional de Colombia hizo otro paso para que entre en vigor el Acuerdo entre Colombia y la República Checa para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta. Este acuerdo fue suscrito por ambas partes en Bogotá el 22 de marzo de 2012, y aprobado en Colombia mediante la Ley 1690 del 17 de diciembre de 2013.

Ahora la Corte constató que el tratado se ajusta en todo a los preceptos constitucionales. De una parte, se han cumplido los requisitos procedimentales exigidos por la Constitución y la ley para integrar el ordenamiento jurídico interno. De otra parte, en los objetivos y el contenido del Acuerdo se enmarcan sin dificultad los preceptos constitucionales aplicables, en particular, los que la Carta Política le asigna al manejo de las relaciones internacionales.

El Acuerdo se aplica a los impuestos sobre la renta de las personas tanto naturales como jurídicas. De esta manera, busca facilitar a los ciudadanos y empresas de los países signatarios los instrumentos que les permiten no ser sujetos de doble imposición tributaria por parte de ambos Estados.

En relación con el objetivo principal del Acuerdo, la Corte precisó que no resulta contrario a ninguna de las disposiciones constitucionales relevantes en relación con el tema tributario. Para este Tribunal, es claro que las disposiciones de este Acuerdo no entrañan, en manera alguna, la creación de nuevas obligaciones o cargas tributarias para los ciudadanos colombianos o las personas residentes en Colombia. Por el contrario, significan la posibilidad de racionalizar tales cargas frente a situaciones de eventual doble imposición.

El siguiente paso para la entrada en vigencia del tratado es la ratificación del tratado con la República Checa, y luego su publicación en el Diario Oficial de Colombia. En la República Checa el acuerdo ya fue ratificado.

Fuente: www.corteconstitucional.gov.co (Sentencia C-049 de 2015). (Foto 2a, 2b).